
Para entender qué es un PAGO SEPA: SEPA (Single Euro Payments Area) es la zona en la que, tanto particulares como empresas, pueden efectuar pagos y cobros en euros dentro y fuera de las fronteras estatales, en igualdad de condiciones y con los mismos derechos y obligaciones independientemente del estado miembro donde se tramiten.
El Área Única de Pagos en Euros abarca 34 Estados: los 28 Estados miembros de la Unión Europea a los que se añaden Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza, Mónaco y San Marino.
Los adeudos directos SEPA presentan dos variantes: una modalidad básica (CORE), y otra para uso exclusivo entre empresas, autónomos o profesionales (denominada B2B).
Debe tenerse en cuenta que, en el caso de que el proveedor de servicios de pago ofrezca el servicio de adeudos directos, es obligatorio para éste estar adherido al esquema CORE, mientras que la opción B2B tiene carácter voluntario.
SEPA CORE
Es un instrumento de pago que permite la realización de los cobros de forma electrónica y automatizada entre personas jurídicas y/o particulares a través de un cargo en la cuenta del pagador. Permite al acreedor realizar un cargo en la cuenta del deudor, bajo la autorización de una orden de domiciliación o mandato.
Hoy en día se permite presentar adeudos con una antelación de un día hábil antes del vencimiento. En SEPA, para dar esta misma facilidad, se ha incluido la posibilidad de utilizar un ciclo más corto de tiempo para la presentación de adeudos. Este ciclo de presentación más corto se conoce con el nombre de COR1.
SEPA B2B
En el adeudo directo B2B, el deudor y el acreedor tendrán que ser obligatoriamente empresas o autónomos (no consumidores) que han acordado utilizar el servicio de adeudos directos B2B para los pagos/cobros relativos a sus transacciones comerciales.
Estas operaciones son más seguras y rápidas, afianzando en un plazo reducido el buen fin de la operación de pago.
• La entidad del deudor recabará de su cliente, en cada uno de los adeudos, el consentimiento previo al pago. Una vez autorizado y realizado el cargo en la cuenta, el deudor no podrá solicitar su devolución.
• Por otros motivos, la operación puede ser rechazada o devuelta hasta 2 días hábiles interbancarios posteriores al vencimiento.
La principal ventaja del esquema B2B es que el plazo de devolución se reduce a solo dos días, mejorando el riesgo comercial y reduciendo el riesgo de morosidad o impagos. Por tanto, el deudor no tiene derecho a ser reembolsado por su entidad una vez realizado el cargo. El esquema B2B es opcional y no todos los bancos pueden ofrecerlo.
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